Preguntas Frecuentes
Todo lo que necesitas saber sobre cumplimiento AML para tu despacho contable
Depende del tamaño de tu despacho y complejidad de operaciones. Para un despacho pequeño-medio, entre 6 y 12 semanas. Esto incluye diseño de políticas, capacitación de equipos e integración de herramientas de control. El tiempo se reduce significativamente si ya tienes documentación parcial.
Sí, sin excepciones. La Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales aplica a todos los despachos contables independientemente del tamaño. No hay umbrales de exención. La multa por incumplimiento puede llegar hasta 600.000 para personas jurídicas.
KYC es la verificación básica de identidad del cliente al inicio de la relación. Due Diligence es más profunda: investigas el origen de fondos, propósito de la relación y factores de riesgo. La Due Diligence aumenta cuando detectas clientes de alto riesgo o operaciones sospechosas.
Tienes la obligación de reportarla a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) sin comunicar al cliente. Esto se llama “denuncia silenciosa”. Es un requisito legal obligatorio, no opcional. Incumplir esto es un delito con penas de cárcel y multas.
No es obligatorio que sea dedicado exclusivamente, pero necesitas designar a alguien responsable (Oficial de Cumplimiento). En despachos pequeños, puede ser parte del tiempo de un contador o director. Lo importante es que tenga autoridad y recursos para actuar.
Mínimo anualmente, aunque es recomendable auditorías más frecuentes (cada 6 meses). Además, debes revisar cuando cambien tus operaciones, incorpores nuevos servicios o detectes incumplimientos. El Banco de España espera documentación de estas revisiones periódicas.
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